Boletín Nº 9.078-07
Proyecto
de reforma constitucional, iniciado en moción de los Honorables Senadores
señores Espina, Larraín Peña, Rossi, Tuma y Walker, don Patricio, en materia de
integración de la Cámara
de Diputados.
Honorable Senado:
En
los últimos años se ha acrecentado la distancia entre la ciudadanía y las
instituciones políticas y sus representantes.
Este
fenómeno se ha expresado especialmente en los altos niveles de abstención
electoral que se constató en la última elección de autoridades municipales.
Lo
anterior se debe, entre otras razones, a que la actual configuración de nuestro
sistema electoral no contribuye a una efectiva representación popular, dado que
especialmente en el ámbito parlamentario se establece un modelo electoral de
carácter binominal que no estimula la participación ciudadana e impide la
incorporación de nuevos actores políticos
en el Congreso Nacional.
Estos
hechos han ocasionado un serio cuestionamiento a la legitimidad del sistema
institucional, lo cual ha dado origen a manifestaciones de diversos movimientos
sociales en los últimos dos años, que han concitado un amplio apoyo ciudadano.
Para
hacer frente a estos problemas resulta indispensable efectuar algunas
modificaciones constitucionales y legales que favorezcan una mayor cercanía de
los representantes con sus electores, que aumenten la competencia entre los
partidos, que impulsen mayores grados de participación de la ciudadanía y que
garanticen una mayor correspondencia entre los parlamentarios y los ciudadanos
que representan.
Para
lograr estos objetivos es necesario reformar la Constitución Política
con el fin de facilitar las modificaciones a las leyes orgánicas
constitucionales que regulan el sistema
electoral y determinan la actual conformación de las circunscripciones y
distritos electorales.
Para
concretar tales cambios legislativos es indispensable modificar el número de
120 diputados, que constituye una barrera constitucional que impide efectuar los
cambios legales necesarios para democratizar nuestro sistema político.
Mediante
esta reforma, junto con otra que establecerá límites a la reelección de las
autoridades políticas, incluidos los parlamentarios, permitirá que los
electores dispongan de más alternativas para elegir, favoreciendo el debate de
ideas entre quienes representan a las distintas sensibilidades que están
presentes en los diferentes pactos o alianzas político-electorales.
Los
futuros cambios en el sistema electoral deben apuntar a dar mayor
representatividad, proporcionalidad, y competencia, manteniendo la
gobernabilidad y estabilidad que ha caracterizado al país desde el retorno a la
democracia.
En
mérito a las consideraciones que anteceden, sometemos a la aprobación del
Senado el siguiente proyecto de reforma constitucional:
“Artículo único: Introdúcense las
siguientes modificaciones a la Constitución Política de la República.
Uno) Elimínase el guarismo “120” contenido en el inciso
primero del artículo 47, y
Dos) Sustitúyase el inciso segundo
de la disposición decimotercera transitoria, por el siguiente:
“Las modificaciones a la Ley Orgánica
Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios que digan relación con
el número de senadores y diputados, las circunscripciones y distritos
existentes, y el sistema electoral vigente, requerirán del voto conforme de las
tres quintas partes de los diputados y senadores en ejercicio.”.
Lea a continuación el más reciente Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado sobre este proyecto, de fecha 1° de octubre de 2013.